Plazos para dar de alta a un trabajador
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Plazos para dar de alta a un trabajador

Los empresarios deben dar de alta en la Seguridad Social a los nuevos trabajadores antes de que se inicie la r...

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Plazos para dar de alta a un trabajador - La Viña
Plazos para dar de alta a un trabajador - La Viña

03 Jul

¿Qué plazos tienen los trabajadores para comunicar la enfermedad a la empresa?

Por Hosteleria Madrid

Los empresarios deben dar de alta en la Seguridad Social a los nuevos trabajadores antes de que se inicie la relación laboral

Las sanciones por no tener dado de alta a un trabajador oscilan, en su grado mínimo: de 3.750 a 7.500 euros; en su grado medio: de 7.501 a 9.600 euros y, en su grado máximo: de 9.601 a 12.000 euros.

Si tienes cualquier consulta sobre altas de trabajadores en hostelería, no dudes en contactar con nuestro equipo laboral especializado en hostelería: laboral@hosteleriamadrid.com

Si no eres asociado, puedes darte de alta aquí: ASÓCIATE.


12 Comentarios para “Plazos para dar de alta a un trabajador”

  1. sara dice:

    Hola buenos días, mi duda es acerca de hasta cuando tiene de plazo un empresario para dar de alta a un trabajar en la seguridad social, gracias X su información es muy valiosa
    saluds

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días, como indicamos en la noticia, debes darlo de alta antes de que empiece a trabajar. El mismo día que empiece a trabajar ya debe estar dado de alta en la Seguridad Social. Para las BAJAS o CAMBIOS DE DATOS, tienes tres días de plazo.
      Saludos del equipo de LA VIÑA

  2. Vanesa Reguero Rodriguez dice:

    Arreglé a un inmigrante ilegal los papeles y consiguió un arraigo laboral con un contrato de un año. Cuanto tiempo tienes para darle de alta una vez conseguido el permiso. Y si se niega el a darme los papeles para darle de alta me puede denunciar y decir que no le querido dar de alta en la seguridad social

    • LA VIÑA dice:

      Hay un plazo de un mes para dar de alta al trabajador desde la concesión del permiso de trabajo. La empresa tiene que haber recibido, al igual que el trabajador, la comunicación de concesión de la autorización para trabajar por lo que debe dar de alta al trabajador en ese plazo, así como entregarle copia del alta en seguridad social para que pueda poner la huella y le entreguen su documentación.
      Atentamente,
      Equipo Laboral de Hostelería Madrid

  3. Andrea dice:

    Hola buenos días.
    Me gustaría saber con cuánto tiempo se puede hacer un contrato de trabajo.
    Dentro de poco se termina mi contrato y haber cumplido ya un año, los dueños quieren volver a contratarme pero me dicen que hay que esperar porque en la empresa no hacen a nadie fijo entonces quiero saber si se podría hacer ya un contrato de trabajo a vista de 3 meses que si no me equivoco es lo mínimo que debe de pasar para que no tengan que hacer obligatoriamente fijo a alguien, o al menos es lo que me han dicho que a los 3 meses me vuelven a contratar.
    Me gustaría saber si ya se podría hacer el contrato para empezar dentro de 3 meses pero tenerlo firmado ya
    Dentro, de poco se termina mi contrato

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días,
      Si tu empresa es de hostelería y están asociados a Hostelería Madrid pueden contactar con nuestro departamento laboral para que les aclaren las dudas. Os dejamos el teléfono de contacto de la asociación: 91 360 09 09.
      Saludos
      Equipo de Hostelería Madrid

  4. Laura dice:

    Puedes dar de alta a un trabajador después de empezar a trabajar? Ej: empezó el 22 de abril y se le da el alta el 28 mayo,ckn fecha del 22 de abril

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días, tal y como pone en la noticia, a los trabajadores hay que darlos de alta antes de que comience la relación laboral. No hay matices ni excepciones.
      Saludos,
      Equipo de Hostelería Madrid

  5. ROCIO GOMEZ dice:

    buenas tardes, que ocurre si el sábado me falla un trabajador de mi plantilla por enfermedad,y necesito realizar un alta para esa misma tarde, y mi asesoría se encuentra cerrada? saludos.

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días,
      El alta del trabajador se tiene que dar el mismo día o para días sucesivos, pero no se puede dar con carácter retroactivo (días después de que haya empezado a trabajar). Hay que darle de alta el mismo día en el que va a trabajar. Si es entre semana, las gestorías suelen trabajar hasta las siete de la tarde. Si es en fin de semana, nosotros tenemos un servicio telefónico de altas en fin de semana con el que puedes dar el alta telefónicamente, pero para eso tenemos que llevarte aquí la gestión laboral porque tenemos que ser autorizados Red.
      También tenemos el servicio de alta telefónico durante las tardes del verano, para cubrir las tardes de la jornada intensiva.
      Saludos y gracias por tu consulta.
      Equipo de Hostelería Madrid

  6. Pilar dice:

    Empezé a trabajar en una empresa , una semana y después solicite mi contrato laboral sino no continuaba , me dijeron que me darían de alta y han pasado 4 días y no tengo en mi vida laboral reflejada el alta ,,, me están engañando???

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