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A partir del 1 de enero de 2023 será obligatorio el cobro de los recipientes plásticos de un solo uso a los consumidores, tal y como lo establece la La Ley 7/2022 de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular que regula, entre otras cosas, el impuesto sobre envases de plástico no reutilizables propuesto desde la Unión Europea (UE) en el marco del «Green Deal».
La ley incluye un listado de productos plásticos de un solo uso que suelen utilizarse en el sector HORECA entre estos destacan los recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos y que están destinados para el consumo inmediato, in situ o para llevar.
Según lo indica la normativa a partir del 2023 estos recipientes deberán ser cobrados de forma obligatoria diferenciándolos en el ticket de venta. El precio de los recipientes de un solo uso aun no se ha fijado y se espera que se haga reglamentariamente.
Esta medida se suma a la establecida en el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores, desde el 1 de enero de 2021, no está permitida «la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable.
Añadido a estos aspectos, está pendiente la aprobación del Proyecto de Ley de prevención de las perdidas y desperdicio alimentario, lo cual podría suponer algunas modificaciones en estas obligaciones.
Para más información, nuestro equipo de calidad esta a su disposición: calidadalimentaria@hosteleriamadrid.com