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Con el fin de ofrecerle más información al consumidor y unificar el criterio de etiquetado de los alimentos en la UE, el Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron el 25 de octubre de 2011 el Reglamento 1169/2011 (en adelante «el Reglamento IAC»).
El Reglamento IAC modificó las disposiciones de etiquetado de los alimentos para permitir a los consumidores elegir con conocimiento de causa y utilizar los alimentos de forma segura. El Reglamento IAC empezó a ser aplicable a partir del 13 de diciembre de 2014, con la excepción de las disposiciones relativas a la información nutricional, que entraron en vigor a partir del 13 de diciembre de 2016.
Recordamos los cambios más importantes que nos encontramos tras su aplicación:
- Información nutricional: pasa a ser obligatoria. Debe incluir el valor energético, grasas, ácidos grasos saturados, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal. También deberá estar indicado el porcentaje diario de estos nutrientes que tomamos con ese alimento.
- Legibilidad: la letra debe tener un tamaño mínimo. Además, la información alimentaria estará en un lugar destacado y fácilmente visible.
- Los alérgenos: debe destacarse del resto de alimentos mediante la tipografía, es decir, con una negrita o subrayado.
- Aceites y origen: La etiqueta debe detallar también el tipo de aceites vegetales usados así como el origen de la carne o pescado usados para elaborar el alimento.
En caso de venta a distancia: la información obligatoria debe estar a disposición del clientela antes de la compra, salvo la fecha de caducidad. Sin embargo, en el momento de la entrega del producto, debe estar toda la información.
ETQUETADO NUTRI-SCORE
Además de los lineamientos previos, el Ministerio de Consumo aprobó la implantación del etiquetado nutri-score o el llamado `semáforo nutricional´ a los alimentos.
Se trata de un sistema ya implementado en Bélgica, Francia y Alemania en el que se le otorga un color a cada alimento para darle un valor nutricional (verde son los de más valor y rojo los de menor). Comercio ha explicado que este sistema de etiquetado frontal es voluntario para las empresas que decidan establecerlo, a falta de quela normativa europea decida sobre su obligatoriedad.
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