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El Ayuntamiento de Madrid ha atendido la petición hecha desde Hostelería de Madrid y ha hecho público que, tras la reunión de la Comisión de Terrazas celebrada hoy, no recurrirá la sentencia que anulaba el artículo que prohibía la continuidad de las estufas de gas a partir del próximo 1 de enero. Por ello, la sentencia deviene firme y los artículos que prohibían la instalación de estufas en 2024 quedan declarados nulos, pudiéndose instalar estufas de gas en las terrazas siempre que estén autorizadas como elementos de las terraza en las autorizaciones.
Informes jurídicos del Ayuntamiento de Madrid señalan sobre este tema:
Una vez conocidas y estudiadas las tres recientes sentencias del TSJM relativas a los artículos de la Ordenanza de Terrazas que prohibían las estufas de gas en las mismas, los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Madrid han concluido que no procede presentar recurso de casación, ya que en su opinión “carece de prosperabilidad en lo que a su estimación se refiere”.
En concreto, El Ayuntamiento de Madrid ha afirmado que, “a la vista de las sentencias y de su fundamentación jurídica, el recurso de casación carece, en sus propios términos, de posibilidad de ser estimados”.
Así, a efectos de la ejecución, tal y como establece el artículo 107.7 de la Ley 29/1998, una vez que el TSJM ordene la publicación de las sentencias y que éstas sean firmes, quedarán retirados de la Ordenanza de Terrazas los dos artículos anulados por los tribunales relativos a la prohibición de las estufas de gas.
Se mantienen por todo ello las estufas de gas en las terrazas que las tengan autorizadas en el término municipal de Madrid.
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