INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS |
|
Responsable | Hostelería Madrid, ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE HOSTELERIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (“Hostelería Madrid") |
Finalidad | Resolución de consultas, gestión de solicitudes de inscripción como asociados, participación en el foro, interacción con los perfiles sociales y si contamos con su consentimiento envío de información relacionada con los servicios prestados, con noticias del sector, ofertas, eventos, sorteos y promociones que puedan resultar de su interés. |
Legitimación | Usted consiente el tratamiento de sus datos para la finalidad indicada. |
Destinatarios | No tenemos previsto ceder sus datos a terceros, salvo por obligación legal. |
Plazos de conservación | Los datos proporcionados a través del Sitio Web serán conservados mientras exista un interés mutuo. |
Derechos | Tiene derecho a acceso, rectificación, supresión, portabilidad y oposición, como se explica en la información adicional. |
Inf. adicional | Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos a continuación. |
La Comunidad de Madrid acaba de publicar hoy jueves 2 de julio la ORDEN 740/2020, de 1 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio, que adelanta la apertura del ocio nocturno a mañana viernes 3 de julio.
Discotecas y salas de fiesta: aforo al 40%
La orden establece la apertura de discotecas y salas de baile a partir de mañana viernes 3 de julio con un aforo del 40% del aforo de seguridad que resulte de la aplicación del Código Técnico de edificación (el cálculo del 40% del aforo de las discotecas se realizará en base al aforo del CTE, pero debemos tener en cuenta que el aforo resultante de ese 40% nunca deberá superar el aforo de la licencia urbanística del local).
Bares de copas y pub: aforo al 60%
Los bares de copas, café espectáculo, salas de fiesta, restaurante espectáculo y bares especiales podrán abrir a partir de mañana viernes 3 de julio, y hasta el 5 de julio, con un aforo del 60% del aforo de licencia. A partir del 6 de julio el aforo será del 75%, como el resto de la hostelería.
Limitaciones de actividad:
- No se podrán utilizar las pistas de baile para tal efecto.
- Se podrán ubicar mesas en la zona de baile para ganar espacio a la zona sentada.
- Garantizar 1,5 metros de distancia entre mesas o grupos de mesas.
- La ocupación máxima será de 25 personas por mesa o grupo de mesas.
Terrazas ocio nocturno
- Las terrazas de los locales de ocio nocturno, como las del resto de la hostelería, seguirán teniendo un aforo del 80% hasta el 5 de julio.
- A partir del 6 de julio, su aforo será del 100% de las mesas autorizadas en la licencia de la terraza.
Servicios de catering o cóctel:
También podrán reactivar su actividad, a partir de este viernes 3 de julio, los servicios de catering o cóctel en los congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos y actos
similares que se celebren en la Comunidad de Madrid.
- Si el evento incluye el servicio de catering o cóctel, se deberá asumir el protocolo de seguridad alimentaria propio de los servicios de restauración.
- El aforo para estos eventos será el 60% del aforo del local donde se celebra el acto.
Y en las bodas que pasa?
Se puede bailar? Y tener discoteca? Y si es así que protocolo hay que seguir? Hay que llevar mascarilla?
Buenos días Darío, hasta los momentos las pistas de baile están prohibidas. Estamos esperando nuevas normativas esta semana. Saludos