¿Estoy obligado a aceptar a los perros guía en mi bar, restaurante o cafetería?
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¿Estoy obligado a aceptar a los perros guía en mi bar, restaurante o cafetería?

La respuesta es sí. Según el artículo 13 del Real Decreto 193-2023, recientemente publicado y de cumplimien...

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¿Estoy obligado a aceptar a los perros guía en mi bar, restaurante o cafetería? - La Viña
¿Estoy obligado a aceptar a los perros guía en mi bar, restaurante o cafetería? - La Viña

05 Jul

¿Estoy obligado a aceptar a los perros guía en mi bar, restaurante o cafetería?

Por Redacción

La respuesta es sí. Según el artículo 13 del Real Decreto 193-2023, recientemente publicado y de cumplimiento a nivel estatal, todas las personas ciegas usuarias de estos animales tienen derecho a acceder y utilizar cualquier espacio, establecimiento o local, público o de uso público, con independencia de su titularidad pública o privada. Del mismo modo, tendrán derecho de acceso y uso las personas encargadas de su educación y adiestramiento en el ejercicio de esta tarea (y que dispongan de un carnet que le acredite como tal).

Este acceso y uso de los espacios deber ser permitido en igualdad de condiciones que el resto de clientes, y no puede conllevar ningún gasto adicional o quedar limitado por ningún cupo.

Recordamos que los perros guía de la ONCE son animales especialmente adiestrados para ayudar a una persona ciega o con una discapacidad visual severa en sus desplazamientos. Estos animales saben reconocer obstáculos y evitar situaciones peligrosas para asegurar la integridad de su acompañante. Precisamente por su función, resulta imprescindible que las personas ciegas puedan ir acompañados por ellos en sus actividades diarias.

Por otro lado, estos perros no son agresivos ni conflictivos, ya que de media reciben un adiestramiento durante 2 años para que así sea. Además, se trata de animales muy sanos y controlados sanitariamente; se les vacuna de rabia anualmente, son desparasitados interna y externamente de forma periódica, y cuentan con un certificado veterinario anual que garantiza que no tienen ninguna enfermedad transmisible a los humanos.

Recomendaciones para el hostelero

Para asegurar una buena relación entre todos los clientes y el máximo bienestar y seguridad sanitaria en tu establecimiento, te damos una serie de recomendaciones:

– Deja una distancia adecuada entre la mesa que ocupa la persona usuaria con su perro guía y el resto de clientes, ya que algunos de estos pueden sentirse molestos por la presencia del animal. Quizá puedas establecer una zona delimitada para aquellos que no quieran estar cerca de la mascota o proporcionarles la mesa más alejada.

– Por el bien de todos, limpia y desinfecta regularmente tu negocio, en especial la zona que ha ocupado el perro guía, para asegurarte de retirar cualquier tipo de suciedad existente (pelo, babas u otros).

Crea conciencia entre tus empleados, explícales por qué motivo lo haces. Debéis ser conscientes de lo esencial que resulta para esta persona poder ir acompañada de su perro.

Obligaciones de la persona usuaria

No obstante, también la persona usuaria tiene una serie de obligaciones respecto al uso de estas instalaciones con su animal de compañía.

– Tu mascota debe estar correctamente vacunada y desparasitada. Te recomendamos que lleves siempre la cartilla sanitaria del animal contigo, para poder probar que lleva todas las vacunas y controles al día.

– Cuando accedas a un establecimiento, lleva sujeto al animal con una correa homologada, y con una longitud adecuada (no más de 1 metro).

– Debes asegurarte del buen comportamiento de tu perro, evitando que tenga enfrentamientos con otros animales (si se da el caso de varios perros guía) o moleste a otras personas usuarias del servicio. Con «molestias» nos referimos a la suciedad que pueda provocar, el ruido, o cualquier acercamiento indeseado. Recuerda que serás responsable de todos los daños o molestias que ocasione.

Para más información, pincha aquí: Consejo Territorial de la ONCE en la Comunidad de Madrid.


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