Si cambias el tipo de tributación, comunícalo antes del 31 de diciembre
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Si cambias el tipo de tributación, comunícalo antes del 31 de diciembre

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Si cambias el tipo de tributación, comunícalo antes del 31 de diciembre - La Viña
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14 Dic

Si cambias el tipo de tributación, comunícalo antes del 31 de diciembre

Por Hosteleria Madrid

Los empresarios que deseen modificar el tipo de tributación al que están acogidos en el actual ejercicio deben comunicarlo, en caso de hacerlo de forma expresa, durante el mes de diciembre, (aunque podrán hacerlo de forma tácita hasta 31 de marzo del próximo año).

En el caso de estar incluidos en el sistema de Estimación Directa, deben haber transcurrido tres ejercicios para poder solicitar el cambio a módulos.

Así mismo, los empresarios que lo deseen pueden acogerse al Régimen Especial del Criterio de Caja, por el cual podrán retrasar el ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro a sus clientes e, igualmente, no podrán deducir el IVA soportado hasta el momento que paguen a sus proveedores, con la fecha límite del 31 de diciembre del año posterior al que se hayan realizado las operaciones.

Quienes no se hayan acogido a este régimen pero sean destinatarios de alguien acogido al mismo, deberán asumir los criterios de registro de facturas, registrando el momento y el medio de pago utilizado.

Contacto: Dto. FISCAL Hostelería Marid / 91 360 09 09 / fiscal@hosteleriamadrid.com


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