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¿Qué es la ‘Cl@ve PIN’ y para qué podamos utilizarlo? Los autónomos pueden agilizar sus trámi...

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Descubre cómo funciona la Cl@ve PIN de Hacienda - La Viña

16 Jul

Descubre cómo funciona la Cl@ve PIN de Hacienda

Por Hosteleria Madrid

¿Qué es la ‘Cl@ve PIN’ y para qué podamos utilizarlo?

Los autónomos pueden agilizar sus trámites ante la Agencia Tributaria a través de Internet con la ‘Cl@ve PIN’. Es un sistema de firma electrónica no avanzada que permite a los autónomos y, en general, a personas físicas no obligadas a disponer de certificado electrónico, presentar por Internet un amplio abanico de declaraciones informativas y de autoliquidaciones sin necesidad de contar con certificado.

Los contribuyentes que se registren en este sistema, aportando únicamente su NIF y la fecha de caducidad de su DNI, reciben por SMS en el móvil un código de acceso que permite presentar autoliquidaciones y declaraciones informativas y realizar diversos trámites ante la Agencia Tributaria. Aunque el código caduca a los 10 minutos, el contribuyente puede obtener uno nuevo en cualquier momento y de manera instantánea, dado que el registro previo solo será necesario la primera vez.

¿Qué declaraciones puede presentar mediante la ‘Cl@ve PIN’?

Las presentaciones que pueden realizarse con el ‘Cl@ve PIN’ son las declaraciones informativas tales como los resúmenes anuales de retenciones que se incluyen en los modelos 180 y 190, y la Declaración-Resumen anual del IVA (modelo 390).

¿Quiénes son los destinatarios de la ‘Cl@ve PIN’?

Los principales destinatarios de la ‘Cl@ve PIN’ son los autónomos que realizan presentaciones periódicas y las personas físicas que el año próximo deban presentar el modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el extranjero, aunque aquellos contribuyentes que únicamente estén obligados a presentar declaración de IRPF o Patrimonio también podrán optar por hacer la declaración por esta vía.

La utilización de ‘Cl@ve PIN’ permite extender la presentación de declaraciones y autoliquidaciones por Internet a contribuyentes sin certificado electrónico cuyo uso les resulta complejo y a dispositivos móviles que no admiten firma con certificados electrónicos. Además, se trata de un sistema de firma no avanzada seguro y, al mismo tiempo, sencillo, dado que no es necesario recordar de manera permanente una contraseña, sino que se utiliza un ‘PIN’ nuevo cada vez que se necesite hacer gestiones con la Agencia Tributaria por vía telemática.

¿Cómo funciona?

La utilización del sistema ‘Cl@ve PIN’ requiere dos pasos, un registro previo y una identificación y autenticación posterior. El registro previo se podrá efectuar presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria o, en su caso, a través de la Sede Electrónica siguiendo las instrucciones que la Agencia remitirá por carta al colectivo de principales beneficiarios. En el proceso de registro se solicitará al contribuyente un número de teléfono móvil, la fecha de caducidad del DNI y, en la Sede, un código de cuenta corriente como información de contraste.

Una vez registrado en el sistema, cuando el contribuyente desee realizar algún trámite deberá acceder a la Sede Electrónica de la AEAT (www.agenciatributaria.es) y solicitar la ‘Cl@ve PIN’. Para ello deberá consignar el NIF, la fecha de caducidad del DNI y una clave de identificación de cuatro caracteres a su elección que definirá al contribuyente para cada solicitud del ‘PIN’. A continuación, recibirá el ‘PIN’, que podrá utilizar en ese momento, mediante un SMS remitido al teléfono móvil comunicado en la fase de registro.

Utilizando su NIF y la clave de cuatro caracteres, el contribuyente quedará identificado en la Sede Electrónica y podrá realizar los trámites oportunos.


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