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Desde Hostelería Madrid le informamos que las declaraciones de módulos del primer trimestre de 2020 serán anuladas con la domiciliación correspondiente y se volverán a realizar quitando los días de marzo, desde el comienzo del estado de alarma (13 de marzo).
El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, establece que los autónomos que opten por mantenerse en el sistema de módulos podrán descontar los días naturales bajo el estado de alarma del cálculo de los pagos fraccionados del IRPF y de la declaración del régimen equivalente del IVA.
De esta forma, se evitará que compute el impacto producido durante ese periodo excepcional. Esta medida supondrá un ahorro estimado de 30 millones de euros en el primer trimestre y beneficiará a 362.000 contribuyentes, en el caso de los pagos del IRPF, y a 200.000 en los pagos del IVA.
Desde Hostelería Madrid le informamos que las declaraciones de módulos del primer trimestre de 2020 serán anuladas junto con la domiciliación correspondiente y se recalcularán, sin computar como días de ejercicio de la actividad, los que ha estado declarado el estado de alarma (13 de marzo). Los asociados del Departamento Fiscal que tributen por módulos no deberán realizar ningún trámite, la regularización estará a cargo del departamento.
Igualmente, para el segundo trimestre, se realizarán las liquidaciones de acuerdo con los días de ejercicio efectivo de la actividad.