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Hostelería Madrid celebra la publicación de Resolución 76 de la Comisión de Terrazas por la que muchas de las terrazas situadas en edificios en esquina en la ciudad de Madrid, podrán mantener sus elementos de acondicionamiento autorizados como sombrillas, separadores o estufas.
Desde la publicación de la modificación de la ordenanza de terrazas el 31 de enero de 2022, por lo que según el artículo 7.2.d) en el caso de edificios en esquina, sólo podrán instalarse mesas y sillas, Hostelería Madrid trasladó en numerosas ocasiones a las áreas competentes del Ayuntamiento la necesidad de elevar la consulta a la Comisión, ya que se interpretaba que cualquier local situado en un edificio en esquina, por muy larga que fuese su fachada y lo alejado que estuviese de la esquina, o en plazas y zonas peatonales donde no comprometiendo la seguridad vial, sólo se permitían mesas y sillas, requisito necesario para la obligada adaptación de la terraza a la nueva normativa.
Con esta resolución, queda definido el concepto “esquina” que corresponderá al espacio que existe entre el arco formado por la unión de los vértices de la curva del bordillo y el propio bordillo, limitándose en estos casos la autorización de sobrillas y otros elementos de acondicionamiento.