INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS |
|
Responsable | Hostelería Madrid, ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE HOSTELERIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (“Hostelería Madrid") |
Finalidad | Resolución de consultas, gestión de solicitudes de inscripción como asociados, participación en el foro, interacción con los perfiles sociales y si contamos con su consentimiento envío de información relacionada con los servicios prestados, con noticias del sector, ofertas, eventos, sorteos y promociones que puedan resultar de su interés. |
Legitimación | Usted consiente el tratamiento de sus datos para la finalidad indicada. |
Destinatarios | No tenemos previsto ceder sus datos a terceros, salvo por obligación legal. |
Plazos de conservación | Los datos proporcionados a través del Sitio Web serán conservados mientras exista un interés mutuo. |
Derechos | Tiene derecho a acceso, rectificación, supresión, portabilidad y oposición, como se explica en la información adicional. |
Inf. adicional | Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos a continuación. |
El pasado jueves 21 de septiembre el Tribunal Supremo empezó a estudiar las reclamaciones de empresarios de hostelería por pérdidas económicas durante la pandemia del Covid-19.
Hay más de 7000 recursos presentados por empresarios y autónomos, muchos de ellos de empresas hosteleras que tuvieron que endeudarse, que se vieron afectadas por la limitación horaria o por el cierre durante el Estado de Alarma, o que incluso tuvieron que cerrar sus restaurantes de manera permanente.
Los hosteleros exigen indemnizaciones al Gobierno y a las Comunidades Autónomas (según el organismo que hubiera adoptado las medidas) por estos daños sufridos, justificando las pérdidas económicas y alegando que sus reclamaciones habían sido desestimadas por la Administración, bien de forma expresa o por silencio administrativo. Todos ellos recuerdan que, según el artículo 3.2 de la Ley Orgánica de los Estados de Alarma, «aquellos que sufran daños o perjuicios por actos que no les sean imputables, tendrán derecho a ser indemnizados». No obstante, la Abogacía del Estado rechaza que en estos casos se den los requisitos que exige la ley para declarar la responsabilidad patrimonial y señala que «se tomaron las medidas que se consideraron adecuadas con la información que se tenía».
Por ahora, de todos estos recursos, el Tribunal ha admitido siete casos para fijar jurisprudencia a seguir para los demás. Ya se han celebrado dos vistas públicas de los recursos del Hotel Alhambra Palace y Grupo Lateral en La Sala Tercera (de lo Contencioso-Administrativo), que reclamaban 417.000 euros al Estado y un millón de euros respectivamente. Los otros cinco se resolverán antes del 5 de octubre, según informaba el propio Tribunal.
Estado de Alarma hosteleria, hosteleria madrid, hosteleros covid, Hosteleros Madrid, restaurantes covid, Tribunal supremo hosteleros