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A partir del 01 de diciembre de 2023 las empresas de más de 50 trabajadores estarán obligadas a contar con un Sistema interno de información (CANAL DE DENUNCIAS). Se trata de una de las normativas sobre las que ya informamos en este blog el pasado mes de mayo.
CANAL DE DENUNCIAS:
La obligación de implantar un canal de denuncias en las empresas de más de 50 trabajadores viene estipulada en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Todas las empresas de más de 50 trabajadores deben tenerlo implantado antes del 1 de diciembre ya que las sanciones establecidas por esta Ley son severas:
- Personas físicas: pueden ser multas económicas desde 1.000 € hasta 300.000 €.
- Personas Jurídicas: multas de hasta 1.000.000 €.
Si se incurre en una infracción muy grave, se podría imponer una amonestación pública, anular subvenciones y beneficios fiscales por un periodo de hasta 4 años, y prohibir la contratación con el sector público durante 3 años.
Para aquellas sanciones con una cuantía superior a 600.001 €, se publicarán en el BOE.
NORMATIVA DE ACOSO SEXUAL:
Por otro lado, todas las empresas, a partir de un trabajador, están obligadas a cumplir con el RD sobre ACOSO SEXUAL (RD 901/2020, Ley Orgánica 3/2007), para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en el ámbito laboral.
Los asociados que necesiten ayuda para la implantación de ambas normativas pueden ponerse en contacto con Hostelería Madrid en el correo legal@hosteleriamadrid.com.
Los empresarios que no sean asociados, pueden darse de alta aquí: ASÓCIATE.