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Desde la última Reforma Laboral (año 2012), el cálculo de las indemnizaciones por despido improcedente en España se redujeron de 45 días a 33 días de salario por año de servicio hasta un máximo de 24 mensualidades.
Esta medida, sin embargo, sólo es aplicable en su integridad a los contratos que entren en vigor efectivamente a partir del 12 de febrero de 2012, pudiéndose dar entonces tres supuestos de cálculo.
- Los contratados anteriormente al 12 de febrero de 1996, recibirán 45 días de salario por año de servicio con el límite de 42 mensualidades.
- A los contratados entre el 12 de febrero de 1996 y el 11 de febrero de 2012 les corresponderá 45 días por año de servicio hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 días por año por el período de vigencia de su contrato desde el 12 de febrero de 2012, no sumando en ningún caso el límite de 720 días de salario.
- Por último, los trabajadores contratados a partir del 12 de febrero de 2012, recibirán una indemnización de 33 días de salario por año de servicio sin superar los 720 días de salario.
Hostelería Madrid | Área Laboral: 91 360 09 09 | laboral@hosteleriamadrid.com
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