¿Cómo se compensan los festivos trabajados?
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¿Cómo se compensan los festivos trabajados?

Compensación días festivos trabajados Hostelería Muchos sectores como el comercio o la hostelería, y en ge...

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¿Cómo se compensan los festivos trabajados? - La Viña
¿Cómo se compensan los festivos trabajados? - La Viña

14 Feb

¿Sabes cuál es la fórmula para compensar esos festivos?

Por Redacción

Compensación días festivos trabajados Hostelería

Muchos sectores como el comercio o la hostelería, y en general el sector servicios, no entienden de días festivos, es más, durante esos días es cuando más aumentan los picos de trabajo. Para ello, los empresarios tienen que conciliar los horarios y turnos de sus plantillas para atender la alta demanda que se genera esos días de fiesta en sus negocios. Esto provoca que muchos trabajadores tengan que trabajar los días de fiesta, días que habrá que compensarles con el descanso correspondiente.

¿Sabes cuál es la fórmula para compensar esos festivos?

Cada año hay 14 días festivos en los calendarios laborales de cada municipio. Los festivos trabajados se pueden compensar de dos formas:

  • Acumularlos a las vacaciones anuales.
  • Disfrutarlos como descanso continuado en un periodo distinto.

En ambos casos el descanso se efectuará de forma ininterrumpida, correspondiendo al trabajador 20 días de descanso en el caso de haber trabajado los 14 festivos. Si no se han trabajado los 14 días festivos, habrá que disfrutar los días proporcionales.

Si el trabajador causa baja en la empresa y tiene pendientes de compensar festivos, se le abonarán con arreglo al siguiente cálculo:

  •    SALARIO BASE    X    1.75
  •   ——————————–
  •   30

Si el descanso semanal de un trabajador coincide con una fiesta abonable, se deberá compensar dicho festivo.


40 Comentarios para “¿Cómo se compensan los festivos trabajados?”

  1. MELANIA dice:

    Buenos días, quiero consultar como sería en el caso de empleados de escuelas que trabajan de lunes a viernes y en festivos no, que gozan vacaciones en fiestas de fin de año y semana santa, los festivos como el 25/12 y el 01/01 se deben compensar?

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días Melania,
      Los comedores de escuelas pertenecen al Convenio Colectivo de Colectividades, que se regula de forma independiente y diferenciada a nuestro Convenio Colectivo de Hostelería.
      Debes consultar con ellos esas dudas.
      Equipo de Hostelería Madrid

      • Katerine Rodriguez Sossa dice:

        Hola yo trabajo en cocina mi contrato es de 40 horas semanales y si trabajo los festivos tengo entendido que segun convenio del 2019 los de hostelería tenemos derecho a 35 días de vacaciones por año trabajado, a es esdos 35 día se sumarían los 24 días festivos o colo es que se hace el calculo ?
        Gracias por responderme ..

        • LA VIÑA dice:

          Como bien explicamos en el artículo, Cada año hay 14 días festivos en los calendarios laborales de cada municipio. Los festivos trabajados se pueden compensar de dos formas:
          1. Acumularlos a las vacaciones anuales.
          2. Disfrutarlos como descanso continuado en un periodo distinto.
          En ambos casos el descanso se efectuará de forma ininterrumpida, correspondiendo al trabajador 20 días de descanso en el caso de haber trabajado los 14 festivos.
          Saludos cordiales
          equipo de Hostelería Madrid

          • Carlos dice:

            Hola buenas .en mi caso.reclame mi nómina por muy mal pagado. me an dicho que un día rojo.(festivo) es un día normal se paga igual q un día normal en la hostelería. Yo trabaje dos días rojos i me quieren dar dos días libres . Esto no es correcto no?

          • Redacción dice:

            Buenos días,

            Hostelería Madrid representa a las empresas de hostelería por lo que no puede asesorar a los trabajadores. Para dudas de este tema debe dirigirse a los sindicatos correspondientes

            Saludos

  2. ELENA dice:

    hola…mi pregunta es la siguiente…soy camarera de un bar y trabajo todos los festivos me gustaria saber cuantos dias me toca por dias festivos…tengo entendido que es dia y medio pero ahi en la empresa me dicen que es un dia…gracias

    • LA VIÑA dice:

      Lo tienes en la noticia, si trabajas los 14 festivos, se compensa con 20 días de descanso. Por una regla de tres, si trabajas 10 festivos se compensa con 14 días libres y si trabajas 1 festivo te corresponde 1,4 días, que es un día y medio.
      Saludos,
      equipo de Hostelería Madrid.

  3. TFF dice:

    En el convenio de la provincia de valencia también se aplica pagando metalico + 0.75% y compensación en días 1.4 días por cada dia?

    • LA VIÑA dice:

      Desconocemos el Convenio de la CC.AA. de Valencia. Si lo han firmado, estará publicado en el Boletín oficial de la Comunidad Autónoma.
      Equipo de Hostelería Madrid

  4. MARIA dice:

    Buenas tardes agradecer la gran labor informativa que haceis en pro de la falta de informacion en el sector de hostelerias, soy camarera, y mi pregunta es la siguiente, tengo vacaciones para el año en curso 18 dias, este es CC de la Provincia de Las Palmas, salgo en mis dias libres y la empresa me dice que no es su problema, asimismo en los 30 dias igualmente me cae en dia libre , por tanto segun el convenio la empresa tiene que darme esos dias compensables, por ser dias libres , asi mismo,no entiendo lo de 20 dias ya que solo nos dan 48 dias de vacaciones en el año,si es asi como nos comentan, la empresa tendria que dar 50 dias y no 48.

  5. TACHO dice:

    Buen día, soy de Madrid y trabajo en restaurante. Mi pregunta:
    Si solo he trabajado parte del año (6 meses) me corresponde la compensacion de los dias feriados trabajados durante ese año? o solo se aplica año entero trabajado ?

    • LA VIÑA dice:

      Si has trabajado días festivos, deben compensarse tan y como se establece en este artículo, independientemente del tiempo que lleves trabajando en la empresa.
      Equipo de Hostelería Madrid

  6. Jackeline bedoya dice:

    Hola yo trabajo de martes a domingo llevo 10 años nunca me han pagado ni dado dias x trabajar los festivos. Es legal eso??

  7. Daniel dice:

    Hola Trabajo como panadero y mi pregunta es la siguiente: al regresar de la licencia de descanso, el primer día de trabajo en el que debo reanudar mi actividad, he pasado libremente en el gráfico. ¡El líder del equipo se niega a darme la licencia diciendo que no me beneficio porque regreso de vacaciones y no tengo derecho a irme a menos que trabaje por al menos un día! Es eso correcto? Gracias.

  8. Jj dice:

    Buenas. Mi empresa no paga ni da vacaciones por los festivos. Me dicen que tengo hasta enero para reclamar judicialmente sino los pierdo. Es verdad? Gracias

  9. karen dice:

    Hola, trabajo a medio tiempo en un restaurante los fines de semana.
    En mi caso que pasa con los festivos.
    ¿Me tiene que compensar solo los días festivos que caigan en fin de semana y los trabaje?

  10. Muy buenas,en mi caso en particular tengo contrato a tiempo parcial a 30 horas de martes a domingo.
    ¿Entiendo que la norma afecta también a este tipo de contratos?Gracias y saludos.

  11. Mikel dice:

    Tenia una dudo
    Yo tengo un crontato del 26 de julio al 26 de enero en madrid y solo he disfrutado de 7 dias de vacaciones me gustaria saber cuanto dias de vacaciones me corresponden y cuantos dias de festivos ya que hasta el dia de hoy he ttabajafo todos los festivos indicados desde la fecha de inicio del contrato.
    Gracias de antrmano

  12. Cecy dice:

    buenas noches yo trabajo en hostelería mi contrato es de 40 horas semanales me debe 8 diqs rojos festivos descanso dos días a la semana y me dice mi feje q me tome la semana q ahí me paga los 7 días pero ahí esta incluido mis dos días de descanso semanal y me queda un día q me debe q ya me tome la siguiente semana. Lo q no me queda claro es que me dice q me tome la semana q ya me paga los 7 días contando con mis dos días de descanso no se creo q no bebería incluí ahí los 7 días si no cinco pero inclulle mis dos días de descanso no se si esta bien. Gracias

  13. ROSA MARIA dice:

    Hola buenas,llevo trabajando tres años en un salon de juegos,en el que nos ponen horario de 7/5 y nos dicen que no llegamos a las 40 horas semanales para librar dos dias en semana,en este turno estoy sola.. por lo cual no tengo descanso para comer y los 14 dias festivos que trabajo al año tampoco me los pagan ni me los dan de vacaciones.les mando correos y no me contestan.Tambien decir que trabajo a turnos de lunes a domingo de mañana y de tarde,mi pregunta es,si yo tengo medico en mi turno?me lo tienen que cambiar? o tengo derecho a ir al medico y volver a mi centro de trabajo?sin que me penalice?

    • Redacción dice:

      Buenos días,

      Hostelería Madrid representa a las empresas de hostelería por lo que no puede asesorar a los trabajadores. Para dudas de este tema debe dirigirse a los sindicatos correspondientes

      Saludos

  14. Jose dice:

    Buenos dias.trabajo en una empresa de hostelería,en Madrid.nos han comunicado hoy,que si comenzamos la jornada en día no festivo,si la terminamos en festivo,esas horas no se abonarán incrementadas o pagadas como tal.
    Eso es posible??
    Gracias

    • Redacción dice:

      Buenos días,

      Hostelería Madrid representa a las empresas de hostelería por lo que no puede asesorar a los trabajadores. Para dudas de este tema debe dirigirse a los sindicatos correspondientes

      Saludos

  15. Hola mi nombre es olga dice:

    Hola, soy camarera de pisos tengo 5 días festivos no disfrutados, mi contrato termina el 4 de noviembre, me dan vacaciones, mi pregunta es los festivos me los pagan?

  16. Hola mi nombre es olga dice:

    Hola, soy camarera de pisos tengo 5 días festivos no disfrutados, mi contrato termina el 4 de noviembre, me dan vacaciones, mi pregunta es: los festivos me los pagan?

  17. nadia dice:

    Buenos días.

    Tengo una pregunta:
    si acuerdo de la empresa que si hizo hace 10 años prevalece al convenio nuevo? Los días rojos nos devuelven, por un dia rojo un dia de descanso o se paga como un dia norma + 20%. Cuando fuimos a reclamar, nos dicen que han llegado a un de acuerdo y que es asi.

    • Redacción dice:

      Buenos días,
      Debes consultar tu caso con tu sindicato de referencia. Contacta con CC.OO. o con UGT para que puedan aclarar tus dudas.
      Saludos

  18. Carmen dice:

    Hola! El pasado lunes 20 de marzo fue feriado en la comunidad de Madrid y justo coincide con mi día de descanso. Trabajo en hosteleria. Como se computa ese feriado? Solo como descanso o tendria un dia de descanso pendiente?Gracias

    • Redacción dice:

      Buenos días,
      Tal y como se indica en el artículo, «Si el descanso semanal de un trabajador coincide con una fiesta abonable, se deberá compensar dicho festivo».
      Para cualquier otra consulta relativa a tus derechos laborales, puedes dirigirte a tu sindicato de referencia,
      Un cordial saludo
      Equipo de Hostelería Madrid

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