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A partir del 1 de enero de 2013 el Ministerio de Trabajo enviará una notificación a las empresas para que, en el plazo de un mes, se inscriban y soliciten el certificado para darse de alta en NOTESS, el nuevo servicio de notificaciones telemáticas de la Seguridad Social.
¿Quién está obligado?
Los sujetos obligados a darse de alta en el nuevo servicio son las empresas y agrupaciones de empresas obligadas a cotizar, con independencia del número de trabajadores que mantengan en alta. También RETAs, excepto SETAs de cuenta propia obligados a transmitir por el sistema RED los datos relativos a sus trabajadores. No obstante, las empresas obligadas recibirán la notificación para darse de alta en el sistema NOTESS.
Excepciones: No están obligados, por el momento, los autónomos sin trabajadores y los empleadores de hogar. Las empresas obligadas a darse de alta en el servicio dejarán de recibir las comunicaciones por correo ordinario.
¿Qué información me enviarán?
Las notificaciones que se recibirán en NOTESS son: las reclamaciones de deuda, providencias de apremio, actos de vía ejecutiva, procedimientos de deducción y aplazamientos que se hayan realizado a partir de abril de 2012.
Las empresas tienen la obligación de revisar, al menos una vez cada diez días, el buzón dedicado a la recepción de notificaciones. En caso contrario, no se podrá alegar desconocimiento.
¿Cuándo me doy de alta?
Las empresas que reciban la notificación están obligadas a darse de alta en el plazo de un mes desde la recepción de la carta.
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