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La Comunidad de Madrid publica el nuevo Convenio Colectivo de Hostelería que tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre del año 2022.
El Convenio ha sido firmado por la Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid, Asociación Madrileña de Empresas de Restauración, Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno de la Comunidad de Madrid y las centrales sindicales Federación de Servicios de CCOO de Madrid y Federación de Servicios, Movilidad y Consumo-UGT de Madrid.
Pueden consultar los pormenores aquí: CONVENIO COLECTIVO HOSTELERÍA 2021 – 2022
Hola me llamo victoria cuevas. Y quería saber si en el convenio de hostelería se han modificado las pagas extras de verano e invierno.
Buenos días,
Si eres empresarios y estás asociado, puedes realizar tu consulta con nuestro departamento laboral.
Si no eres asociado, puedes darte de alta en nuestra asociación (Aquí) o consultarlo directamente en el convenio colectivo de hostelería, publicado aquí: http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/11/20/BOCM-20211120-4.PDF
Saludos cordiales,
Equipo de Hosteleria Madrid
He trabajando en una empresa 2 meses he disfrutando mis vacaciones y he causado baja voluntaria y ahora mi jefe dice que me descontará 15 días por preaviso quiero saber si es correcto
Hola. Quiero saber si los días festivos cuentan en las vacaciones. Y los días que el restaurante cierra cuentan o no en mis vacaciones. Por ejemplo si el restaurante cierra jueves viernes sábado y domingo. Por semana santa (el estudiante abre todos los dias)
Buenos días,
Hostelería Madrid representa a las empresas de hostelería por lo que no puede asesorar a los trabajadores. Para dudas de este tema debe dirigirse a los sindicatos correspondientes
Saludos
Una pregunta, por que el convenio de hospedaje no se ha firmado. Llevamos 3 ó 4 años con los sueldos congelado? Y cuando piensan firmarlo?
Buenos días, Hostelería Madrid solo representa al sector restauración
Saludos
Buenos días, el convenido del que hablamos aquí caduca el 31 de diciembre de 2022.
En el texto se indica que para 2021 no se aplicará revisión salarial y que para 2022 se aplicará revisión salarial del 1% en los conceptos que corresponda.
Por otro lado, el texto indica que una vez finalizada la vigencia del convenio, este se prorrogará automáticamente en plazos iguales al de su duración inicial. Entiendo entonces que se prorrogará durante dos años hasta el 31 de diciembre de 2024.
Mi duda es, ¿para el año 2023, se da por sentada una revisión salarial del 1% como en el año anterior o se aplicaría de nuevo la no revisión salarial para el primer año y la revisión salarial del 1% para el segundo año de vigencia de la prórroga?
Si bien un 1% es una revisión salarial ridícula a tenor de la coyuntura económica actual, un 1% es más que nada.
Gracias.
Buenos días,
La vigencia del convenio es hasta el 31 de diciembre de 2022, pero se empezará a negociar en breve. Por tanto, se sigue aplicando en todas sus clausulas hasta que se publique el nuevo, aplicándose las tablas salariales del año 2022 pero sin subida, que será la que se acuerde en el próximo convenio.
Saludos
Me caso en enero y me gustaría saber si puedo reclamar a la empresa la gratificación por matrimonio para trabajadores con más de 4 años de antigüedad o hay cambios para 2023
Buenos días,
Debes consultar tu caso con tu sindicato de referencia. Contacta con CC.OO. o con UGT para que puedan aclarar tus dudas.
Saludos