INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS |
|
Responsable | Hostelería Madrid, ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE HOSTELERIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (“Hostelería Madrid") |
Finalidad | Resolución de consultas, gestión de solicitudes de inscripción como asociados, participación en el foro, interacción con los perfiles sociales y si contamos con su consentimiento envío de información relacionada con los servicios prestados, con noticias del sector, ofertas, eventos, sorteos y promociones que puedan resultar de su interés. |
Legitimación | Usted consiente el tratamiento de sus datos para la finalidad indicada. |
Destinatarios | No tenemos previsto ceder sus datos a terceros, salvo por obligación legal. |
Plazos de conservación | Los datos proporcionados a través del Sitio Web serán conservados mientras exista un interés mutuo. |
Derechos | Tiene derecho a acceso, rectificación, supresión, portabilidad y oposición, como se explica en la información adicional. |
Inf. adicional | Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos a continuación. |
La Comunidad de Madrid ha publicado esta misma mañana una nueva ORDEN 112/2021, de 4 de febrero, con entrada en vigor en el momento de su publicación, por la cual se adoptan, desde hoy, las siguientes medidas en el sector de la hostelería:
- Deberá asegurarse una ventilación adecuada por medios naturales o mecánicos. (Se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio y se introduce una nueva letra i) en el apartado vigesimoprimero)
- Uso de mascarilla en establecimientos de hostelería y restauración.
Será obligatorio el uso de mascarilla para todas las personas en los establecimientos de hostelería y restauración salvo en el momento concreto del consumo de alimentos o bebidas». (Se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio y se introduce un nuevo apartado vigesimoprimero bis). - En los establecimientos de hostelería y restauración la ocupación máxima por mesa será de cuatro personas en espacios interiores y de seis personas en terrazas al aire libre, debiendo cesar su actividad a las 21:00 horas.
A partir de esa hora podrán realizar, exclusivamente, servicios de entrega a domicilio hasta las 00:00 horas».
(Este aspecto se regula en el punto tres del apartado primero, que modifica la Orden 46/2021, de 22 de enero, y la Orden 1405/2020, de 22 de octubre).
Dentro de las medidas preventivas para hacer frente al coronavirus, se establece asegurar la ventilación adecuada de los establecimientos, ya sea por medios naturales o mecánicos. Con objeto de facilitar al sector de la restauración el cumplimiento de las medidas, la Consejería de Sanidad ha distribuido diferentes materiales informativos como La Guía para Ventilación de Establecimientos de Hostelería.
¿podrían por favor desplegar cartelería para descargar con la nueva norma de la comunidad de Madrid?OBLIGATORIEDAD DEL USO DE MASCARILLA SALVO EL MOMENTO CONCRETO DE CONSUMO DE ALIMENTOS O BEBIDAS? ESTA SIENDO DIFICIL EXPLICARLO A LOS COMENSALES…MUCHAS GRACIAS
Buenos días Víctor, en cuestión de unos días tendremos disponible la cartelería informativa sobre las nuevas medidas del COVID para los locales de hostelería asociados.
Si tú eres asociado puedes descargártela en un par de días del APP Hostelería Madrid de acceso gratuito para asociados.
Si no eres asociado, puedes asociarte aquí y disfrutar de ésta y muchas otras ventajas que ofrece la asociación.
Atentamente,
Equipo de Hostelería Madrid