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La nueva Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Públicos Municipales de San Sebastián de los Reyes contempla la eliminación con carácter rogado de la Tasa de Basuras para los locales del municipio encuadrados en la división 6 del IAE, es decir, aquellos relacionados con comercio y hostelería.
La exención de la Tasa
Esta nueva ordenanza de las tasas públicas supone la exoneración del pago de la tasa de basuras con carácter rogado, lo que implica que debe ser solicitada por el propietario del inmueble durante el primer trimestre de este ejercicio.
Esta eliminación de las tasas está dirigida a los locales con actividad en la división 6 del IAE, que incluye las actividades de comercio y hostelería, exceptuando el grupo 661 correspondiente a Grandes Almacenes e Hipermercados.
El propietario del local deberá realizar la solicitud para la exoneración de la tasa presentando, además del documento adjunto con los datos correspondientes por duplicado, una fotocopia del DNI/CIF del titular, la fotocopia del recibo del IBI, y otra fotocopia que acredite la actividad ejercida mediante el Modelo 840 que acredita el alta en el IAE, el Modelo 036 de declaración censal o cualquier otro medio demostrativo.
La solicitud se presentará en el registro del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, ya sea de manera telemática o presencialmente, solicitando cita previa y presentando la documentación requerida.