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El BOE A 2020 11416, publicaba ayer el Real Decreto-Ley 30/2020, de 29 de septiembre, que recoge una serie de medidas de ayuda a los empresarios autónomos:
I. Prestación extraordinaria de cese de actividad para trabajadores autónomos afectados por suspensión temporal de toda actividad. Está dirigida a aquellos autónomos que, a partir del 1 de octubre de 2020, tuvieran todas sus actividades suspendidas temporalmente como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la Covid 19.
II. Prestación por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia por prórroga de las prestaciones ya causadas al amparo del artículo 9 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio. Dos tipos de prestaciones:
- Autónomos que ya hubiesen percibido la prestación durante el tercer trimestre de 2020.
- Para trabajadores que no hubiesen percibido la prestación prevista en el artículo 9 del Real Decreto -ley 24/2020, de 26 de junio.
III. Prestación extraordinaria para autónomos con tarifa plana y/o que se hayan dado de alta antes de 1 de abril de 2020. Va referida a autónomos que no hayan cotizado 12 meses por la contingencia de cese de actividad y que se hayan dado de alta antes de 1 de abril de 2020.
Para más información no dudes en contactar con el departamento de autónomos de Hostelería Madrid. Si no eres asociado, puedes darte de alta aquí.