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Aprobadas unas ayudas para los sectores comerciales y servicios afectados por obras públicas de infraestructura de transporte en la Comunidad de Madrid, siempre y cuando las obras duren más de seis meses. Si tu local se ha visto afectado por alguna de estas intervenciones de mejora de la red de transportes de la Comunidad de Madrid, esto te interesa.
Beneficiarios
Se considerarán entidades beneficiarias las pymes y empresarios individuales titulares de establecimientos comerciales y de servicios (incluidos los de hostelería) situados en la zona de influencia o delimitación del correspondiente vallado de la/s obra/s afectante/s, a pie de calle y, por lo tanto, estén directamente perjudicados por la disminución de transeúntes, de comodidades y de atractivos hacia su clientela habitual y potenciales consumidores, como motivo de las citadas obras públicas.
Gastos subvencionables
Las ayudas están destinadas a cubrir los gastos de funcionamiento de las entidades que hayan visto alterado el normal funcionamiento de su actividad como consecuencia de las obras. A estos efectos, se considerarán subvencionables los siguientes gastos:
- • La cuota de hipoteca del establecimiento en el que se desarrolle la actividad,
- • El gasto de alquiler del establecimiento en el que se desarrolle la actividad,
- • Los gastos en seguros asociados al establecimiento.
No se considerarán subvencionables los gastos de suministros, cotizaciones a la seguridad social, cuotas de autónomos, impuestos, material inventariable o adquisición de mercancías o productos.
Cuantía de la ayuda y periodo subvencionable
La cuantía de la ayuda ascenderá al 100% de los gastos subvencionables, con el límite de 5.000 euros por beneficiario.
El período subvencionable será el comprendido entre la fecha de inicio de las obras y la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de la ayuda.
Compatibilidad de las ayudas
Estas ayudas son compatibles con otras, cualquiera que sea su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste de la actividad subvencionada.
Plazo de solicitud
El plazo de solicitud será de quince días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el BOCM (publicada este lunes 31 de marzo), de forma que el plazo finaliza el próximo 15 de abril
Las solicitudes se presentarán por vía telemática a través de sede.comunidad.madrid. (Afectados obras red metro linea 7b)
Los asociados pueden solicitar asesoramiento en subvencviones@hosteleriamadrid.com.