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El sector de la hostelería de la Comunidad de Madrid está integrado por más de 31.000 pymes que dan empleo a 180.000 trabajadores asalariados y 28.000 autónomos.
Tras cuatro años sin Convenio Colectivo, el pasado 11 de octubre se ha firmado un preacuerdo entre patronal y sindicatos para el nuevo Convenio Colectivo de Hostelería de la Comunidad de Madrid para los años 2018 a 2020.
Vigencia del nuevo Convenio colectivo de hostelería de 2018-2020
El nuevo Convenio tendrá vigencia desde el 16 de febrero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2020, si bien los efectos económicos son a partir del 1 de enero de 2018.
Efectos económicos del Convenio en tu negocio hostelero:
Tras cuatro años sin Convenio Colectivo de Hostelería en la Comunidad de Madrid, el sector acuerda una revisión salarial del 3% para el año 2018 (sobre las tablas salariales del último Convenio del año 2013).
PLAZO PARA ABONAR LOS ATRASOS
Los atrasos deberán ser abonados a los trabajadores en un plazo de tres meses a partir de la publicación del nuevo Convenio Colectivo en el BOCM.
- Para el año 2019: la subida salarial prevista será del 2,75% sobre las tablas salariales de 2018.
- Para el año 2020: la subida salarial será del 2,75% sobre las tablas salariales del año 2019.
PAGA EXTRAORDINARIA NO CONSOLIDABLE
Se abonará una paga no consolidable del 2% del salario anual a todos los trabajadores que estuvieran dados de alta en la empresa desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2017 y que continúen dados de alta en la misma a la fecha de publicación del nuevo Convenio Colectivo. Esta paga se abona con el fin de compensar la ausencia de subidas salariales en el periodo 2014 a 2017.
Nuevas modalidades de contratación que introduce el nuevo Convenio 2018-2020
- Contrato eventual por circunstancias de la producción: desaparece la duración mínima de un mes y la máxima pasa a ser de nueve meses en un periodo de 12 meses.
- Flexibilización de la jornada en los centros de trabajo de menos de 50 trabajadores: se podrá realizar una jornada máxima de nueve horas y treinta minutos, durante un máximo de 4 días consecutivos. El exceso de jornada deberá compensarse con descanso.
- Simplificación del calendario laboral: deja de ser nominativo y pasa a ser por áreas funcionales.
- Modificación del descanso semanal: para las empresas que cierren de forma fija media jornada y/o una jornada completa.
- Desaparición del Plus Transporte: se suprime el plus transporte que se sustituye por un plus convenio.
Juan José Blardony, director General de la Asociación Hostelería Madrid-LA VIÑA, considera que “este convenio supone un paso adelante para que las pymes de hostelería puedan adaptar su contratación y jornadas de trabajo para un mejor servicio al cliente, así como una actualización de los salarios de los trabajadores de hostelería de la Comunidad de Madrid al nuevo entorno económico”.
Redacción: @MargaMCasal
Cuándo se prevé la publicación del convenio en el BOCM?
Está firmado desde finales del año pasado y estaba prevista su publicación para enero o principios de febrero. Seguimos a la espera.
Equipo de Hostelería Madrid
¿Podríais aclararme si un trabajador que se le ha transformado el contrato a indefinido y trabaja 20 horas semanales cobra el plus transporte entero o proporcional?
Lo cobra completo.
Saludos
Equipo de laboral de Hostelería Madrid
Buenos dias, quisiera saber si ya entro en vigor el convenio.
Gracias!
Esperamos que sea este mes de junio. Estad atentos al blog que lo publicaremos el mismo día que salga en el BOCM. Entrará en vigor tras su publicación en el BOCM.
Equipo de Hostelería Madrid
Buenos días:
Me prodrias decir si ya se ha publicado el Convenio Colectivo para Madrid (2018-2020), porque no entiendo que desde el año del preacuerdo y a menos de 6 meses de entrada de año aún esté en el aire.
Gracias.
Esperamos que sea este mes de junio. Estad atentos al blog que lo publicaremos el mismo día que salga en el BOE.
Equipo de Hostelería Madrid
Ya con el convenio publicado mi empresa me dice que no se me va a aplicar ningún aumento, yo cobro el salario base de convenio más un plus por puesto de trabajo. Es decir quieren bajarme el plus para subir el sueldo base, pueden hacerlo?
Además escudándose de que la subida es solo para la gente que cobra solamente lo de convenio no quieren pagarme los atrasos de 2017 y 2018
Os recomendamos que para casos particulares de trabajadores, contactéis con los sindicatos de referencia (CCOO o UGT). Ellos os asesoran personalmente para cada caso particular y conocen bien el Convenio Colectivo de Madrid.