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LAS LICENCIAS DE ‘COMERCIO CON BARRA DE DEGUSTACIÓN’ DISFRUTAN DE CONDICIONES MÁS LAXAS
- Los distritos afectados por las declaraciones de protección acústica (ZPAE), en los que no se pueden abrir nuevos locales de hostelería, son en los que se solicitan el mayor número de licencias de ‘comercio con barra de degustación’.
- Solamente en el distrito Centro, el de mayor protección acústica, se han autorizado 126 comercios con barra de degustación desde el año 2014.
Madrid, 25 de febrero de 2020.- La Asociación Hostelería Madrid denuncia que el Ayuntamiento de Madrid ha concedido, desde el año 2014, un total de 350 licencias de ‘comercio con barra de degustación’ que operan como establecimientos de hostelería fuera de la legalidad.
La información sobre dichas licencias, solicitadas por Hostelería Madrid al Ayuntamiento al amparo de la Ley de Transparencia, revelan que los ‘comercios con barra de degustación’ se reparten tal y como se muestra en la imagen de cabecera de esta información.
Una licencia ‘refugio’
Como se aprecia en el mapa, los distritos que cuentan con una normativa de limitación acústica (ZPAE) que restringe la apertura de nuevos locales de hostelería son, precisamente, en los que se han solicitado el mayor número de licencias de ‘comercio con barra de degustación’, una licencia ‘refugio’ que pretende sortear la NO concesión de nuevas licencias de hostelería.
Tres distritos acumulan el 58% de las licencias de ‘comercio con barra de degustación’: Centro, con 126 licencias concedidas; Salamanca, con 39 concesiones; y Chamberí, con 38. Entre los tres distritos acumulan 203 comercios con barra de degustación de los 350 concedidos.
Una actividad en fraude de ley
La nueva licencia de ‘comercio con barra de degustación’ se está utilizando actualmente en fraude de ley para ‘burlar’ la prohibición de instalar nuevos locales de hostelería, limitada desde el año 2012 por la ZPAE en el distrito Centro.
Los comercios con barra de degustación ofrecen en sus establecimientos un servicio de comidas y bebidas, incluido bebidas alcohólicas, para el que NO tienen autorización con la licencia de comercio, y ante la pasividad de los diversos gobiernos municipales de la ciudad de Madrid.
Resolución de la Comunidad de Madrid
Así lo ha resuelto la Dirección General de Seguridad de la Comunidad de Madrid el 12 de septiembre de 2018, declarando que: “la citada actividad de barra de degustación se entiende que participa de la misma naturaleza que la dispensada en los tipos de establecimiento bar, cafetería, bar restaurante o asimilables, debiendo someterse, los establecimientos que ofrezcan dichos servicios, a la obtención de la oportuna licencia municipal de funcionamiento, o a la formalización de declaración responsable, a que se refieren los preceptos integrados en el artículo 8 y la Disposición Adicional Novena de la ley 17/1997”.
Diferencias normativas entre ambas licencias
La licencia de ‘comercio con barra de degustación’ tiene diferentes exigencias normativas respecto a las licencias de ‘hostelería’ en aspectos tan importantes como:
- Horario de apertura: los ‘comercios con barra de degustación’ pueden abrir las 24 horas. La hostelería tiene un horario concreto en función de la subactividad.
- Aseos al público: a los comercios con barras de degustación no se les exige disponer de aseos al público, como en el caso de la hostelería.
- Condiciones más laxas en el ámbito de la insonorización y condiciones higiénico-sanitarias.
Descarga:
RESOLUCIÓN DEL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2018 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD DE LA CAM
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